30 de enero de 2026.
En entrevista con Revista Semana, el candidato presidencial Abelardo De La Espriella fijó una posición jurídica y política frente a la figura de la emergencia económica: este mecanismo constitucional existe para enfrentar hechos imprevistos, no para tapar los huecos de un gobierno que desbordó el gasto y agrandó el Estado.
El planteamiento parte de una lectura estricta del espíritu de la Constitución y del sentido original con el que se concibió la emergencia económica en Colombia.
De La Espriella subrayó que toda interpretación constitucional debe empezar por una pregunta básica: ¿para qué fue creada la norma? En el caso de la emergencia económica, la respuesta es clara. Fue diseñada para situaciones extraordinarias, sobrevinientes, no previstas y ajenas a la voluntad del Ejecutivo.
Cuando se presentan hechos externos, inesperados y graves —catástrofes, crisis internacionales, choques abruptos—, el Estado puede acudir de manera excepcional a ese mecanismo. Lo que no admite la Constitución, sostiene, es que el mismo gobierno que generó el problema pretenda luego usar la emergencia como atajo.
Emergencia sí, pero no para corregir errores propios
El núcleo del argumento es contundente: si el caos fiscal y el déficit son consecuencia de un gasto público desbordado, de un Estado agigantado y de la falta de impulso a los sectores productivos, no existe justificación constitucional para declarar una emergencia.
Según De La Espriella, no se puede normalizar la idea de que la mala administración se convierta en “circunstancia excepcional”. Hacerlo vaciaría de contenido la Constitución y convertiría la emergencia económica en una herramienta de conveniencia política.
En ese contexto Petro tiene como justificación que el Estado de Emergencia Económica es la herramienta clave para mantener la estabilidad fiscal del país tras el hundimiento de la Ley de Financiamiento. Según Petro, “sin ese marco excepcional el deterioro de las finanzas públicas se reflejaría en un mayor costo de la deuda y en menos margen para cumplir las obligaciones del Estado” .
El gasto desbordado como causa, no como accidente
En su análisis, el candidato fue enfático en señalar que el actual desorden fiscal no apareció de manera espontánea. Responde a una serie de decisiones: expansión innecesaria del Estado, aumento del gasto sin respaldo productivo y abandono de las llamadas “locomotoras” de la economía.
Cuando el Ejecutivo deja de impulsar los sectores que generan crecimiento y empleo, el resultado no es una sorpresa. Es una consecuencia previsible. Y lo previsible, por definición, no habilita una emergencia económica.
Un límite constitucional al poder del Ejecutivo
De La Espriella recordó que la emergencia económica es una excepción al funcionamiento ordinario del Estado. Precisamente por eso, debe aplicarse de manera restrictiva. Permitir su uso para cubrir déficits creados por el propio gobierno implicaría borrar los límites al poder ejecutivo.
En ese escenario, cualquier administración podría gastar sin control y luego acudir a la emergencia para concentrar facultades, evadir controles y gobernar por decreto. Eso, en su criterio, no solo es inconstitucional, sino peligrosamente antidemocrático.
Con base en ese razonamiento, La Corte Constitucional el pasado 29 de enero, suspendió de manera provisional la emergencia económica
Gobernar con responsabilidad, no con atajos
El mensaje de fondo es claro: la emergencia económica no puede convertirse en una muleta para gobiernos sin disciplina fiscal. La solución a los problemas económicos no está en declarar emergencias, sino en gobernar con criterio, responsabilidad y visión productiva.
Para De La Espriella, un Estado serio enfrenta los errores con reformas estructurales, no con decretos de excepción. Usar la emergencia como parche no resuelve el problema de fondo y, además, erosiona el orden constitucional.
En síntesis, la emergencia económica —insiste De La Espriella— es para lo inesperado, no para lo mal administrado. Y confundir esas dos cosas es una línea que la Constitución no permite cruzar.
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